Descripción. Mediante este procedimiento se permite a las asociaciones cumplir con la actualización de datos descrita en el artículo 22.6 del Reglamento de Participación Ciudadana, por el cual están obligadas a comunicar al Registro en el primer trimestre de cada año tanto las modificaciones existentes, y el programa anual de actividades, así como el número de asociados a 31 de diciembre, todo ello con la finalidad de que el Registro se mantenga actualizado.
Sujeto. Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.
Forma de inicio. A instancia de parte.
Plazo de presentación. En el primer trimestre de cada año.
Lugar de presentación.
A través del Registro Telemático identificándose con DNI Electrónico o Certificado Digital reconocido. De acuerdo al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento de la Administraciones Públicas, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
Legislación y normativa