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Actualización de datos en el Registro Municipal de Asociaciones

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Actualización de datos en el Registro Municipal de Asociaciones

Descripción. Mediante este procedimiento se permite a las asociaciones cumplir con la actualización de datos descrita en el artículo 22.6 del Reglamento de Participación Ciudadana, por el cual están obligadas a  comunicar al Registro en el primer trimestre de cada año  tanto las modificaciones existentes, y el programa anual de actividades, así como el número de asociados a 31 de diciembre, todo ello con la finalidad de que el Registro se mantenga actualizado.

Sujeto. Asociaciones inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

Forma de inicio. A instancia de parte.

Plazo de presentación. En el primer trimestre de cada año.

Lugar de presentación.

A través del Registro Telemático identificándose con DNI Electrónico o Certificado Digital reconocido. De acuerdo al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento de la Administraciones Públicas, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  • Las personas jurídicas.
  • Las entidades sin personalidad jurídica.
  • Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  • Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  • Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.

Legislación y normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
  • Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a Asociaciones de Utilidad pública.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
  • Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la Protección de las Personas Físicas en lo que respeta al tratamiento de datos de datos personales y a a libre circulación de estos datos.
  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  • Reglamento de Participación Ciudadana.

Requisitos de la instancia

  • La instancia deberá ser firmada
  • El trámite requiere que el/la solicitante se identifique y firme con certificado digital
  • Permite interesados/as que sean personas físicas
  • Permite interesados/as que sean personas jurídicas
  • Permite interesados/as que sean personas físicas representadas por otra persona física
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Plaza del Ayuntamiento s/n
33300 Villaviciosa (Asturias)
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