Materia. Actividades.
Periodicidad. Continuo.
Tipo de tramitación. Procedimiento.
Descripción del procedimiento. Los establecimientos y locales regulados en la Ley 8/2002 de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas del Principado de Asturias, previamente a su puesta en funcionamiento, necesitarán obtener la licencia municipal de apertura. Las licencias municipales de apertura serán independientes de aquellas que resulten exigibles conforme a otras normas generales o sectoriales distintas a las específicas de espectáculos públicos y actividades recreativas.Se exigirá la obtención de nueva licencia para la reforma de instalaciones, para el cambio de emplazamiento de una actividad y para la ampliación de actividades, así como para la utilización con carácter permanente de un establecimiento o local para una actividad distinta a la que tuviera autorizada con anterioridad.
Dirigido a. Ciudadanía, empresas y administraciones
Forma de inicio. Instancia de parte.
Sujeto. Personas físicas o jurídicas. El solicitante de la licencia de ocupación o de utilización será el titular de la licencia otorgada para la ejecución de las obras.
Plazo de presentación. Antes del inicio de la actividad.
Canales de realización. Electrónico y presencial.
Lugar de presentación.
Las personas Obligadas conforme con la Ley 39/2015 artículo 14 a través del registro electrónico de la Sede del Ayuntamiento de Villaviciosa.
Las personas físicas podrán realizarlo a través de cualquiera de las siguientes formas:
Organismo responsable. Administración Local.
Centro Directivo. Ayuntamiento de Villaviciosa.
Departamento. Urbanismo y servicios técnicos.
Órgano gestor. Oficina Técnica.
Órgano que resuelve. Alcaldía u órgano en quien delegue.
Plazo máximo de resolución y notificación. Un mes.
Resolución. Pone fin vía administrativa.
Información adicional. El documento en el que se formalice la licencia de apertura deberá figurar en el establecimiento o local en un lugar visible al público y a disposición de los servicios de inspección competentes.
Recursos posibles. Recurso potestativo de resolución en el plazo de 1 mes desde la notificación. Recurso contencioso Administrativo en el plazo de 2 meses desde la notificación.
Práctica de Notificaciones. Conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas obligadas o aquellas que hayan aceptado relacionarse a través de medios electrónicas través del buzón de notificaciones mediante comparecencia en sede.