Materia. Urbanismo.
Periodicidad. Continuo.
Tipo de tramitación. Procedimiento.
Tipología de la tramitación. Externo específico.
Descripción del procedimiento. Toda persona tendrá derecho a que el Ayuntamiento respectivo le informe por escrito del régimen urbanístico aplicable a un terreno o edificio. A estos efectos, los particulares podrán solicitar por escrito informes de aprovechamientos urbanísticos referidos a una finca concreta. Los Ayuntamientos evacuarán la solicitud de información, en el caso de que existan cédulas urbanísticas actualizadas, mediante la remisión al interesado de la correspondiente cédula. En caso contrario, expedirán certificados de estos informes, que serán emitidos en los términos que procedan de acuerdo con la legislación de régimen local.
Dirigido a. Ciudadanía, empresas y administraciones
Forma de inicio. Instancia de parte.
Sujeto. Personas físicas o jurídicas.
Plazo de presentación. A lo largo de todo el año.
Canales de realización. Electrónico y presencial.
Lugar de presentación.
Las personas Obligadas conforme con la Ley 39/2015 artículo 14 a través del registro electrónico de la Sede del Ayuntamiento de Villaviciosa.
Las personas físicas podrán realizarlo a través de cualquiera de las siguientes formas:
Tributos.
Organismo responsable. Administración Local.
Centro Directivo. Ayuntamiento de Villaviciosa.
Departamento. Urbanismo y servicios técnicos.
Órgano gestor. Oficina Técnica.
Órgano que resuelve. Sin resolución. La emisión del certificado pone fin a la vía administrativa.
Plazo máximo de resolución y notificación. 1 mes.
Efectos del silencio administrativo. Sin efectos.
Resolución. La emisión pone fin a la vía administrativa.
Recursos posibles. No procede recurso.
Práctica de Notificaciones. Conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas obligadas o aquellas que hayan aceptado relacionarse a través de medios electrónicas través del buzón de notificaciones mediante comparecencia en sede.